Incoterms 2026: cambios y tipos de Incoterms

Incoterms 2026: cambios y tipos de Incoterms

¿Buscas los nuevos cambios que se han dado en los Incoterms para 2026? ¡Aquí te diremos todo lo que tienes que saber sobre la última actualización!

Índice

Los Incoterms de 2026 regulan nuestras actividades comerciales durante largos periodos, por lo que los cambios solo se hacen aproximadamente cada 10 años. Así que te diremos toda la información de la Cámara Internacional de Comercio.

Te explicamos las modificaciones principales que ha redactado el comité de cambios en los Incoterms que regularán aproximadamente hasta el año 2030.

¿Cómo te afecta como importador y exportador? ¿Cómo impacta a las empresas logísticas y aduaneras? Sigue leyendo para saber.

Recuerda, ya tenemos listos los cursos de actualización de Incoterms para empresas (In-company), universidades y para importadores/exportadores (en nuestras instalaciones). Puedes ver el curso aquí abajo:

Nota: Debes saber que estos cambios entraron en vigor el 1 de enero del 2020 y ya está listo nuestro curso de Incoterms online y presencial. Aunque, si así lo especificas en tus contratos de compraventa internacional, puedes usarlos una vez que han sido publicados por la Cámara Internacional de Comercio.

Índice
  1. ¿Qué son los Incoterms?
  2. ¿Cuántos y cuáles son los Incoterms?
    1. Ex-Works (EXW): En Fábrica… lugar designado
    2. Free Carrier (FCA): Franco Transportista… lugar designado
    3. Carried Paid To (CPT): Transporte Pagado A
    4. Carriage and Insurance Paid To (CIP): Transporte y Seguro Pagado Para
    5. Delivered At Place (DAP): Entregado En El Lugar
    6. Delivered at Place Unloaded (DPU): Entregado En El Lugar Descargado
    7. Delivered Duty Paid (DDP): Entregado Con Derechos Pagados
    8. Free Alongside Ship (FAS): Libre Al Costado Del Barco
    9. Free On Board (FOB): Libre A Bordo
    10. Cost and Freight (CFR): Costo y Flete
    11. Cost, Insurance, and Freight (CIF): Costo, Seguro y Flete
  3. Clasificación de Incoterms según su tipo (válidos en 2026)
    1. Incoterms multimodales (para cualquier medio de transporte)
    2. Incoterms marítimos (para transporte marítimo)
  4. Eliminación del Incoterm DAT
  5. Nuevo Incoterm DPU (Delivered at Place Unloaded)
  6. Obligaciones de seguridad y pesaje
  7. Modificación de Seguros en CIF y CIP
  8. Curso de Incoterms 2026

¿Qué son los Incoterms?

¿Qué son los Incoterms?

Entremos en materia primero para conocer las modificaciones para los Incoterms 2026. Antes que ser reglas de comercio exterior, los Incoterms son los términos para acordar las responsabilidades de exportador e importador.

Te afectan en: costos, responsabilidades y contratos internacionales. No importa qué importes o exportes.

Las especificaciones de cada derecho y obligación de vendedor y comprador son modificadas cada 10 años, por lo que en 2020 se dio el último cambio. De hecho, para este año se espera la participación de representantes de China y Australia, donde el comercio exterior ha adquirido una gran fuerza.

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¿Cuántos y cuáles son los Incoterms?

¿Cuántos y cuáles son los Incoterms?

Antes de entrar en materia sobre los cambios y modificaciones, hay que definir cada Incoterm de manera breve y hasta dónde llega la responsabilidad del exportador e importador.

Ex-Works (EXW): En Fábrica… lugar designado

Es uno de los más frecuentes a utilizar por el vendedor; ya que establece que el vendedor debe de realizar la entrega de las mercancías empacadas y embaladas apropiadamente para su exportación en su establecimiento (taller, bodega, almacén, etc.) o en otro lugar convenido.

Por lo tanto, no tiene la obligación de realizar la carga de la mercancía al transporte seleccionado por el comprador, ni realizar los trámites aduaneros para su exportación

Incoterms 2026

Free Carrier (FCA): Franco Transportista… lugar designado

Para este Incoterm el vendedor cumple con sus respectivas obligaciones una vez que la mercancía haya sido entregada en el lugar convenido, al transportista o la persona designada por el comprador.

Por lo que la entrega de las mercancías son siempre dentro del país de origen, además que el transportista es pagado por el comprador.

En lo que respecta al lugar de entrega pactada por las partes, se debe tener en cuenta que en este término existen varios puntos de entrega en los que pueden cambiar la transmisión de las obligaciones, gastos y riegos en las partes contratantes.

Por ejemplo: si el lugar acordado es la empresa del vendedor, la obligación del vendedor es de cargar la mercancía al transporte del transportista seleccionado por el comprador, cubriendo los gastos y riesgos de manipulación de las mercancías.

Incoterms 2026 FCA

Carried Paid To (CPT): Transporte Pagado A

El exportador transporta la mercancía hasta el puerto del comprador, pero no contrata el seguro. Además, la responsabilidad del embarque recae sobre el importador o comprador.

Por lo tanto, el medio de transporte principal es pagado por el exportador hasta el punto de entrega establecido y por ello se recomienda para exportadores que envían mercancías por vía aérea.

CPT Incoterms 2026

Carriage and Insurance Paid To (CIP): Transporte y Seguro Pagado Para

En este caso el exportador absorbe todos los gastos del transporte principal por lo que contrata y paga el seguro para las mercancías, mas no asume los riesgo (estos corresponden al comprador). Este se recomienda a los exportadores cuando no es obligatorio el CIF, ya que se cobrarán los mismos precios, pero el vendedor tendrá menos riesgos.

Así pues, el exportador cubre los gastos del seguro de los bienes a nombre del importador y absorbe todos los costos de carga y entrega la documentación en tiempo y forma.

Por su parte, el comprador corre con todos los riesgos y costos del transporte de los bienes, con excepción del flete y seguro. Y se encarga de hacer las reclamaciones que correspondan a la compañía de seguros en caso de pérdida o daño de los bienes.

Incoterms 2026

Delivered At Place (DAP): Entregado En El Lugar

Aquí el vendedor (exportador) debe de enviar la mercancía hacia el lugar de destino acordado y entregarla lista para su descarga. Sin embargo, el vendedor no asume todos los riesgos que implica enviar la mercancía. La descarga corre por cuenta y riesgo del comprador (importador). 

El destino de descarga debe acordarse entre el comprador y el vendedor. Si el vendedor realiza la descarga en el lugar de destino, el vendedor no tiene derecho a recuperar dichos costos por parte del comprador, a menos que lleguen a otro acuerdo.

DAP Incoterms 2026

Delivered at Place Unloaded (DPU): Entregado En El Lugar Descargado

Este es un nuevo Incoterm vigente en 2026 del que se hablará a fondo más adelante. Pero para introducir, se trata de un Incoterm donde el exportador se encarga de casi toda la logística, el costo y los riesgos, hasta el país de destino.

Todo lo anterior incluye embalaje de mercancías y carga al primer transporte, maniobras en puerto o terminal del país de origen, trámites aduanales, transporte internacional (sin obligación de seguro), arrastre al lugar acordado y descarga (sin pago de impuestos y trámite de importación).

Delivered Duty Paid (DDP): Entregado Con Derechos Pagados

El vendedor debe poner a disposición del comprador la mercancía, ya efectuadas las formalidades aduaneras de exportación y de importación cubriendo los gastos de transporte nacional e internacional con la excepción de descargarlas del transporte en el destino convenido.

Este Incoterm no es aconsejable si el vendedor no puede adquirir autorizaciones o permisos para realizar el despacho de importación.

DDP Incoterms 2026

Free Alongside Ship (FAS): Libre Al Costado Del Barco

Con este Incoterm, hasta 2026, el vendedor realiza sus obligaciones una vez que ha puesto la mercancía al costado del buque (por ejemplo, en un muelle) en el puerto de embarque convenido y efectuado ya en el despacho de exportación.

Después de que el vendedor cumpla con lo anterior mencionado, el riesgo de pérdida o daño de las mercancías, que ya se encuentran al costado del buque, serán asumidas por el importador a partir de ese momento.

FAS

Free On Board (FOB): Libre A Bordo

La mercancía se lleva al puerto de carga pactado anteriormente. Así pues, el vendedor (exportador) entrega la mercancía a bordo del buque designado por el comprador en el puerto de embarque.

Dicho de otra forma, los productos se entregan a bordo del buque/navío/embarcación elegida por el importador. Esto quiere decir que el exportador tendrá todas las responsabilidades desde su oficina hasta el puerto marítimo y tendrá que cargar el contenedor hasta que esté dentro del barco.

FOB

Cost and Freight (CFR): Costo y Flete

En este caso, el exportador contrata al transportista hasta el país de destino, por lo que el comprador absorbe el costo del seguro para el transporte de los bienes. Se utiliza solo en transporte marítimo y el medio principal de transporte lo paga el exportador hasta el puerto convenido.

Por lo tanto, el vendedor reserva espacios en la compañía naviera y paga el flete, realiza el despacho aduanero para la exportación, entrega los bienes y los carga. Por su parte, el comprador paga los gastos de seguro de los bienes, realiza todos los trámites de importación y descarga los bienes en su lugar de destino.

CFR

Cost, Insurance, and Freight (CIF): Costo, Seguro y Flete

El vendedor o exportador deberá de entregar la mercancía a bordo del buque (en su caso transporte fluvial) en el puerto de embarque marítimo. Aquí el exportador contratará y pagará el costo del seguro y del flete principal para transportar la mercancía hasta el puerto de destino convenido.

Pero el seguro contratado por el vendedor solo es de cobertura mínima, por lo que el comprador necesita acordar con la otra parte o contratar un seguro adicional por su propia cuenta. 

A pesar de que el exportador haya contratado y pagado el seguro, se transmitirá el riesgo al comprador porque es el beneficiario. De igual forma, debe de efectuar el despacho aduanero de exportación el vendedor.

CIF

Clasificación de Incoterms según su tipo (válidos en 2026)

Hace 20 años, se utilizaban las siglas E, F, C y D para escoger el Incoterm correcto. Esto llevó a muchas confusiones. Ahora, la cámara recomienda que se utilicen en el siguiente orden:

Incoterms multimodales (para cualquier medio de transporte)

  • Ex-Works (EXW)
  • Free Carrier (FCA)
  • Carriage Paid To (CPT)
  • Carriage and Insurance Paid To (CIP)
  • Delivered At Place (DAP)
  • Delivered at Place Unloaded (DPU)
  • Delivered Duty Paid (DDP)

Incoterms marítimos (para transporte marítimo)

  • Free Alongside Ship (FAS)
  • Free On Board (FOB)
  • Cost and Freight (CFR)
  • Cost, Insurance, and Freight (CIF)

La ventaja de esta nueva forma de clasificación es que queda claro cómo escoger los Incoterms en 2026 y nos obligan a utilizarlos de forma más precisa.

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Eliminación del Incoterm DAT

Eliminación del Incoterm DAT

Después de mucha discusión, se pensó en eliminar los Incoterms EXW y el DDP, por diversas razones. Sin embargo, la Cámara Internacional de Comercio consideró que muchas personas los utilizan y sería muy difícil hacer cambios tan drásticos.

Al final, el Incoterm que tuvo más discusión fue el DAT, debido a su imprecisión, es por ello que se eliminó. Originalmente, el DAT obligaba al exportador a hacer toda la logística hasta el país del comprador, dejando los bienes en una terminal o puerto.

Hubo varias confusiones: ¿en qué terminal?, ¿qué definimos como terminal?, ¿se descarga la mercancía? Esto cambia, ahora se utilizará el Incoterm DPU, siglas en inglés que significan Delivered at Place Unloaded. En español, se traduce como "Mercancía entregada y descargada en lugar acordado". Se explicará más adelante.

Este cambio se hizo, debido a que las aduanas son muy diferentes. Y la palabra terminal contenida en DAT era muy imprecisa. Gracias a esto, habrá más claridad en las operaciones de comercio exterior.

Nuevo Incoterm DPU (Delivered at Place Unloaded)

Nuevo Incoterm DPU (Delivered at Place Unloaded)

El nuevo Incoterm DPU sustituye al DAT, como se decía en el punto anterior. El DPU tiene las siguientes obligaciones para el exportador:

  • Embalar y transportar la mercancía hasta el puerto o terminal de cruce, haciendo todos los trámites de exportación.
  • Cruzar la mercancía o transportarla hasta el país destino.
  • Avisar al importador cuando estén las mercancías en el lugar acordado (puede ser terminal, puerto, bodega u otro lugar convenido). Así el importador podrá terminar con los trámites de importación.

Mientras que las obligaciones para el importador son:

  • Apoyar el exportador con documentos e información para hacer el trámite.
  • Recibir la mercancía en el punto convenido para hacer los trámites aduanales correspondientes.

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Obligaciones de seguridad y pesaje

Obligaciones de seguridad y pesaje

En las últimas dos revisiones de los Incoterms 2026, la seguridad en la carga se convirtió en un gran problema. Muchos programas como C-TPAT (programa para exportador a Estados Unidos) pusieron énfasis en la seguridad.

Por lo tanto, en esta edición de los Incoterms, el exportador e importador tienen que informar de los procedimientos y problemas de seguridad que podría haber. Por ejemplo, si se debe de cumplir con una revisión del contenedor, es importante informarlo. Es una nueva responsabilidad.

Nuevos Incoterms 2020

En lo que se refiere al pesaje, desde hace algunos años la industria logística internacional está trabajando con la obligación del pesaje para importador y exportador.

Esto va de acuerdo con la Regla N° 2 del convenio SOLAS por la Organización Marítima Internacional, que dice que el exportador es responsable de comunicar la masa bruta verificada de los contenedores. Esta obligación ya se incluye en los nuevos Incoterms.

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Modificación de Seguros en CIF y CIP

Modificación de Seguros en CIF y CIP

Durante años, los Incoterms que incluyen seguros se manejaron con la Cláusula C. Esta cláusula de las llamadas Institute Cargo Clauses, es una cláusula marítima.

Hay 3 niveles de seguros marítimos: Claúsula A, Cláusula B y Cláusula C. Tanto CIF como CIP requerían de la contratación de un seguro con la Cláusula C, es decir, el seguro con la menor cobertura.

A partir de los Incoterms 2026, en el Incoterm CIP se recomienda la cláusula A, mientras que en el CIF se recomienda la Cláusula C. Sin embargo, en el contrato, se puede especificar la cláusula que se desee por parte del comprador y vendedor.

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